Gestión de Compliance de Competencia. Norma UNE 19603

M-87

En 2020, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (“CNMC”) publicó su Guía de Programas de Cumplimiento en relación con la Defensa de la Competencia, la cual establece las condiciones que debe reunir un programa de compliance de competencia de una empresa, para que ésta pueda beneficiarse de la atenuación de responsabilidad o, incluso, hasta de la exoneración de multas, en caso de llegar a cometer una infracción de las normas de competencia, pese a la implantación del programa. La Guía también dispone que el desarrollo de dicho programa permitirá que a la empresa no le sea impuesta una prohibición de contratar con la Administración Pública.
 
Otras autoridades de competencia, como la Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea, la Autoridad Vasca de la Competencia o la Autoridad Catalana de la Competencia han llevado a cabo diversas iniciativas para fomentar la aprobación por las empresas y asociaciones de sistemas de gestión de compliance de competencia.
 
La implantación de un programa de cumplimiento de competencia resulta especialmente conveniente si una empresa ha sido multada por las autoridades de competencia y se enfrenta a una prohibición de contratar con la Administración. El establecimiento de dicho programa puede constituir una medida de self-cleaning que conduzca al levantamiento de dicha prohibición, de acuerdo con el artículo 72.5 de la Ley de Contratos del Sector Público y de la Comunicación 1/2023, de 13 de junio, de la CNMC, sobre criterios para la determinación de la prohibición de contratar por falseamiento de la competencia.
 
En este contexto, la norma UNE 19603:2023 sobre Sistemas de Gestión de Compliance en materia de Libre Competencia permite que las empresas puedan certificar sus programas de cumplimiento de competencia por una tercera parte independiente. La norma UNE 19603:2023 sirve de complemento a la Guía de la CNMC sobre los programas de cumplimiento en relación con las normas de defensa de la competencia. 
 
La norma UNE 19603:2023 se inspira en las normas previas ISO 37301:2021 sobre sistemas de gestión del compliance y UNE 19601:2017 sobre sistemas de gestión de compliance penal. 
  • Promoción especial

    *Descuentos no acumulables.
  • Objetivos

    -    Conocer el marco legal que regula la comisión de infracciones de competencia.
    -    Analizar los requisitos de la Guía de la CNMC de Programas de Cumplimiento en relación con la Defensa de la Competencia y de la norma UNE 19603:2023 sobre Sistemas de Gestión de Compliance en materia de Libre Competencia.
    -    Capacitarse para iniciar el proyecto de implantación o reforzamiento de un sistema de gestión de compliance de competencia y obtener la certificación del sistema bajo la norma UNE 19603:2023.
    -    Enfocar de forma adecuada el análisis de riesgos, las políticas y los procedimientos necesarios para la implantación de un sistema de gestión de compliance de competencia.
    -    Conocer los aspectos a considerar en la evaluación / auditoría de un programa de compliance de competencia, desde un punto de vista práctico.
    -    Examinar casos reales en los que las autoridades de competencia hayan considerado que los programas de compliance de competencia de las empresas eran eficaces.
  • Contenido

    1.    Marco legal que regula la comisión de infracciones de competencia.
    2.    Responsabilidades en las que pueden incurrir las personas jurídicas y las personas físicas por infracciones de competencia.
    3.    La Guía de la CNMC de Programas de Cumplimiento en relación con la Defensa de la Competencia.
           3.1    Antecedentes.
           3.2    Condiciones que debe reunir un programa de compliance de competencia.
           3.3    Beneficios de la implantación de un programa de compliance de competencia.
    4.    La norma UNE 19603:2023 sobre sistemas de gestión de compliance de competencia.
           4.1    Elementos propios de compliance de competencia (contexto de la organización, formación, mapa de riesgos, matriz de controles, política de compliance y auditoría).
           4.2    Elementos compartidos con el compliance penal (implicación de administradores y directivos, canal de denuncias, responsable de cumplimiento, sistema de investigaciones internas, régimen disciplinario, proceso de diligencia debida con el personal, información documentada y seguimiento).
    5.    Consejos prácticos para implantar / reforzar / auditar y obtener la certificación bajo la norma UNE 19603:2023 de un sistema de gestión de compliance de competencia.
    6.    Casos reales en los que las autoridades de competencia hayan considerado que los programas de compliance de competencia eran eficaces.
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    •  Live Training (en directo/streaming): Formación en tiempo real con profesores expertos.
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    • Formación a medida para empresas: Diseñamos cursos personalizados para equipos, adaptándonos a sus necesidades y en sus propias instalaciones. 

    Dentro de cada curso, en el cuadro de convocatorias, podrás ver qué modalidades están disponibles para esa formación.

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    Sí, casi todos los cursos AENOR pueden bonificarse a través del sistema de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE), siempre que se cumplan los requisitos de la Ley 30/2015 y el Real Decreto 694/2017.

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    3. Acepta el Contrato de Encargado del Tratamiento.
    4. En la sección "Añadir alumnado", introduce los datos de todos los trabajadores de tu empresa que participarán en la formación.

    Beneficio extra: Si inscribes a más de un trabajador en la misma convocatoria, tu empresa recibirá un 15% de descuento a partir de la segunda inscripción.