El objeto es certificar la capacidad de las instalaciones de generación de energía eléctrica que utilicen la energía fotovoltaica como fuente exclusiva de energía primaria (grupo b.1.1 del Real Decreto 661/2007), para mantenerse acopladas al sistema eléctrico, sin sufrir desconexión por causa de los huecos de tensión directamente asociados a la existencia de cortocircuitos correctamente despejados que puedan presentarse en el sistema eléctrico.
Esta certificación está dirigida a las empresas titulares de las instalaciones de generación de energía eléctrica que utilicen la energía fotovoltaica como fuente exclusiva de energía primaria (grupo b.1.1. del Real Decreto 661/2007).
AENOR está acreditado por ENAC (01/C-PR130) para la certificación de la respuesta de las instalaciones de energía eólica ante huecos de tensión.
Esta característica es exigible a las instalaciones fotovoltaicas que formen parte de agrupaciones de potencia superior a 2 MW, según se indica en el Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, en el que se especifica la obligatoriedad de cumplir con lo exigido al respecto en el procedimiento de operación P.O. 12.3 (aprobado en Resolución de 4 de octubre de 2006 de la Secretaría General de Energía del Ministerio de Industria Turismo y Comercio).
Para la concesión del Certificado de Conformidad de la respuesta ante el hueco de tensión de las instalaciones fotovoltaicas se desarrollan las siguientes actividades:
Ensayos de los inversores tipo y (en su caso) de los dispositivos FACTS (Flexible AC Transmission Systems) instalados para asegurar el cumplimiento con los requisitos exigidos.
Visita de inspección a la instalación fotovoltaica en la que se comprueba la implantación efectiva de las soluciones que permiten cumplir con estos requisitos.
Validación de los modelos tanto de los inversores como de los dispositivos FACTS.
Simulación del comportamiento de la instalación fotovoltaica ante el hueco de tensión.
Una vez superado el proceso de certificación, la organización obtiene los Certificados de conformidad de cumplimiento de la instalación fotovoltaica con el Procedimiento Operativo P.O. 12.3, Requisitos de respuesta frente a huecos de tensión, aprobado por Resolución de 4 de octubre de 2006, de la Secretaría General de Energía
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