Acceso al Mercado Europeo de instalaciones de transporte de personas por cables
En la Unión Europea y en el Espacio Económico Europeo los elementos e instalaciones de trasporte de personas por cable deben cumplir los criterios técnicos recogidos en el Reglamento UE 2016/424 (que modifica la Directiva 2000/9/CE).
Es aplicable a los fabricantes componentes de seguridad y los subsistemas, y a sus representantes autorizados, importadores, etc., que son los responsables de la conformidad con sus requisitos.
El marcado CE y la Declaración UE de Conformidad aseguran la libre circulación de los componentes de seguridad y los subsistemas en el Mercado Europeo.
La comercialización de los componentes de seguridad y los subsistemas exige contar con la intervención de un Organismo Notificado como AENOR.
AENOR está notificad o por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) para este Reglamento.