A partir del 1 de Julio, entra en vigor el Real Decreto 163/2019, por el que se aprueba la Instrucción Técnica para la realización del control de producción de los hormigones fabricados en central.
Este Real Decreto deroga la Orden del Ministerio de Ciencia y Tecnología del año 2001 y establece los criterios técnicos que deberán cumplir las centrales de hormigón para la realización del control de producción de los hormigones fabricados en central.
Entre las novedades que recoge este Real Decreto, destacar que
todas las plantas deberán ser evaluadas periódicamente por un organismo independiente que verificará que el control de los materiales componentes del hormigón y su almacenamiento, las instalaciones, control del hormigón, de la documentación y la trazabilidad cumplen los criterios técnicos recogidos en este. Como resultado de esta evaluación se emitirá un certificado que la central de hormigón deberá adjuntar previamente al suministro del hormigón. El Real Decreto establece un periodo de 21 meses, desde su entrada en vigor, para que la central de hormigón disponga de este certificado.
AENOR con el fin de dar respuesta en el menor tiempo posible a la demanda del sector, ha solicitado la acreditación correspondiente a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).
Para ello, AENOR ha desarrollado los procedimientos de evaluación que tendrán como objetivo la emisión del certificado de conformidad a la central de hormigón.
Se establecen dos tipos de evaluación, al amparo de lo recogido en el artículo 11 del citado Real Decreto:
- Inspección que abordará todos los criterios técnicos establecidos en el Real Decreto y que deberá repetirse cada 4 años
- Inspección de seguimiento, a realizar a los dos años a contar desde la emisión del certificado y en la que solo se evaluarán los aspectos relativos al control de las instalaciones y del hormigón fabricado. Estas inspecciones tendrán frecuencia cuatrienal.
Como apoyo a las centrales, AENOR a través de su red de oficinas ofrece a los laboratorios externos empleados por estas la posibilidad de solicitar, en caso de ser necesario para el desempeño de su actividad al amparo de lo establecido en el RD 163/2019, la certificación de su sistema de gestión de la calidad conforme a la
UNE-EN ISO 9001:2015.