Acceso al mercado Europeo de equipos a presión transportables
En la Unión Europea y en el Espacio Económico Europeo los
equipos a presión transportables deben cumplir los requisitos establecidos en la Directiva 2010/35/UE (TPED,
Transportable Pressure Equipment Directive). Los requisitos técnicos que deben cumplir los equipos se establecen en el
ADR/RID.
La TPED es aplicable a los fabricantes de equipos a presión transportables o sus representantes autorizados, así como a los propietarios y/u operadores de dichos equipos (quienes utilizan los equipos), que son los responsables de la conformidad con sus requisitos.
El
marcado PI asegura la libre circulación de productos dentro del Mercado Europeo.
La comercialización de los equipos a presión transportables exige contar con un organismo notificado como AENOR que evalúe la conformidad del diseño y la producción de los equipos a presión transportables, de conformidad con los requisitos del ADR/RID.
Los equipos a presión transportables en uso deben someterse a controles periódicos con la frecuencia establecida en el ADR/RID. Del mismo modo, la reglamentación exige contar con un organismo notificado como AENOR que evalúe la conformidad de dichas actividades.
AENOR está
notificado por el
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y como Entidad de inspección acreditada por ENAC con acreditación nº 332/EI662 para los procedimientos de
evaluación de la conformidad, control periódico y revaluación, aplicados a recipientes a presión y sus válvulas, según el capítulo 6.2 del ADR/RID:
- Aprobación de tipo
- Servicio de inspección propio del solicitante:
- Para la vigilancia de la fabricación y los controles y pruebas iniciales de equipos a presión nuevos;
- Para el control periódico de equipos a presión en uso.
- Revaluación de la conformidad