El Reglamento 995/2010, más conocido como Reglamento EUTR, entró en vigor con fecha 3 de marzo de 2013. Su objetivo es prohibir la circulación de madera ilegal en el mercado de la Unión Europea. Se entiende por madera ilegal aquella que ha sido aprovechada en incumplimiento de la legislación aplicable en el país de origen, es decir, en el país de aprovechamiento de la madera.
Para dar cumplimiento a las exigencias del Reglamento, los agentes que ponen por primera vez en el mercado de la Unión Europea madera o productos de madera deben ejercer un Sistema de Diligencia Debida que asegure el origen legal de la madera que ponen en el mercado interior.
El Sistema de Diligencia Debida de AENOR comprende los tres elementos inherentes a la gestión de riesgo que el Reglamento Europeo establece: acceso a información, evaluación de riesgos y reducción de riesgos. Además incluye requisitos de sistemas de gestión orientados a garantizar el cumplimiento de las exigencias de forma sistemática.
La certificación de Sistemas de Diligencia Debida está orientada a las organizaciones que importan madera o productos de madera de fuera de la Unión Europea y a las entidades que realizan aprovechamientos forestales dentro de la Unión Europea.
Se puede obtener la certificación integrada con ISO 9001, ISO 14001, Cadena de custodia PEFC™, Cadena de Custodia FSC®. Una vez superado el proceso de Auditoría, su organización obtiene el Certificado de conformidad AENOR de Sistemas de Diligencia Debida
AENOR fue reconocida por la Comisión Europea en el año 2015 como Entidad de Supervisión de Sistemas de Diligencia Debida, conforme a lo dispuesto en los Reglamentos europeos de aplicación.