Asegurar el origen legal de la madera
El Reglamento 995/2010, más conocido como Reglamento EUTR, entró en vigor con fecha 3 de marzo de 2013. Su objetivo es prohibir la circulación de madera ilegal en el mercado de la Unión Europea. Se entiende por madera ilegal aquella que ha sido aprovechada en incumplimiento de la legislación aplicable en el país de origen, es decir, en el país de aprovechamiento de la madera.
Para dar cumplimiento a las exigencias del Reglamento, los agentes que ponen por primera vez en el mercado de la Unión Europea madera o productos de madera deben ejercer un Sistema de Diligencia Debida que asegure el origen legal de la madera que ponen en el mercado interior.
El Sistema de Diligencia Debida de AENOR comprende los tres elementos inherentes a la gestión de riesgo que el Reglamento Europeo establece: acceso a información, evaluación de riesgos y reducción de riesgos. Además incluye requisitos de sistemas de gestión orientados a garantizar el cumplimiento de las exigencias de forma sistemática.
Beneficios obtenidos:- Permite a las organizaciones asegurar ante terceros que disponen de un sistema de conformidad con los requisitos legales de aplicación
- Contribuye a la sistematización en las empresas del cumplimiento de los requisitos legales
- Da confianza a los consumidores, Administración Pública y autoridades competentes.